El Congreso es el máximo órgano de decisión de esta organización política. Estará constituido por el conjunto de personas afiliadas al corriente de sus cuotas y con una antigüedad mínima de 3 meses en la afiliación.
El Congreso podrá tener el carácter de Ordinario o Extraordinario cuando así sea necesario.
Funciones del Congreso (arts. 17 y 18 Estatutos)
La toma de decisiones referida a las grandes líneas ideológicas, las decisiones estratégicas para desarrollarlas, la estructura de funcionamiento y los estatutos de la organización política.
Decidir respecto a los procesos de unificación con fuerzas afines.
La elección de las personas que compongan el Comité Insular y la Comisión de Garantías, de acuerdo con el procedimiento de votación que contemple el Reglamento Congresual, que deberá estar ajustado a estos Estatutos.
