Comité de Finanzas

Es el equipo orgánico de apoyo y asesoramiento del Tesorero/a.

Coordina a los tesoreros locales si los hubiera y controla el gasto en Campaña Electoral.

Su composición se aprueba en Congreso o Asamblea Insular. La propone el Comité Insular, contando obligatoriamente con el visto bueno de los Comités Locales (art. 24.2.2. Estatutos)


Composición (desde 12/12/2020, Congreso Fundacional)

Roberto Padrón Velázquez

Tesorero

Dirige el área económico-presupuestaria del partido y eleva al Comité Insular todas las propuestas que deban remitirse para aprobación de éste y en Congreso o Asamblea Insular. Ejerce la gerencia económica del partido y da cuenta de ella ante el Comité Insular, la Asamblea Insular y/o el Congreso. Cuenta con el Comité de Finanzas como equipo orgánico de apoyo, asesoramiento del Tesorero/a. Coordina a los tesoreros locales si los hubiera y controla el gasto en Campaña Electoral.

Luz Marina Medina Martín

Tesorera suplente

Guzmán Correa Marichal

Vocal del Comité Insular


Funciones del Comité de Finanzas (art. 24 Estatutos)

Ante la propuesta del Comité Insular, los Comités Locales o cualquier otro órgano o instancia del partido sobre la realización de gastos superiores a 100 euros no previstos en los respectivos presupuestos anuales, el Comité de Finanzas emitirá informes que pueden ser favorables, desfavorables o condicionados.

No se aceptarán facturas que comprometan las finanzas del partido sin el visto bueno de la persona Tesorera u otra designada por ésta, mediante la correspondiente orden de pago.

En caso de disparidad de criterios entre el Comité Insular y el Comité de Finanzas, no podrá aprobarse ninguna propuesta que no se trate específicamente en el Comité Insular y sea respaldada por, al menos, 2/3 partes del propio Comité Insular, entre los miembros con derecho a voto.

El Comité de Finanzas deberá elaborar un Plan de Campaña Electoral que establezca en materia de financiación, un porcentaje máximo de endeudamiento y una previsión de ingresos y gastos, estableciendo unos límites máximos de gasto que no podrán superarse salvo que se obtengan ingresos extraordinarios.

El Comité de Finanzas dará instrucciones al Comité Insular y a los Comités Locales para la elaboración de los respectivos presupuestos de ingresos y gastos. Estos presupuestos serán enviados a través de las personas responsables de cada ámbito territorial al Comité de Finanzas, previa aprobación en su respectivo Comité Local o Asamblea Insular. Estos presupuestos y balances deberán ajustarse a lo establecido en la legislación estatal de partidos políticos, que será convenientemente informada por el Comité de Finanzas.